
La LXVII Legislatura de Veracruz aprobó, con 42 votos a favor, actualizar el Código Penal y la Ley Estatal de Protección Ambiental, ambos ordenamientos estatales, en materia de uso de agroquímicos prohibidos.
El Dictamen, que registró también cuatro abstenciones, sin votos en contra, fue emitido por las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Medio Ambiente, Recursos Naturales, Cambio Climático y de Protección y Bienestar Animal y derivó de la Iniciativa presentada por el Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en la Decimocuarta Sesión Ordinaria el pasado 9 de junio.
Esta reforma sanciona las consecuencias dañosas que el uso indebido de 35 plaguicidas prohibidos en el territorio nacional genera sobre los suelos, los subsuelos y los ecosistemas de la entidad, problemática documentada en diversas regiones del estado, incluido el bosque mesófilo de montaña de la región capital y la cuenca del río La Antigua.
Además, busca contribuir a la salud y el bienestar de las personas frente a la exposición a sustancias tóxicas, a la protección de la calidad del agua y de las fuentes de abasto, a la gestión racional de los productos químicos y de los desechos a lo largo de su ciclo de vida, con la consiguiente reducción de su liberación al suelo, al agua y a la atmósfera, a la conservación y el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, la lucha contra la degradación de los suelos y la contención de la pérdida de biodiversidad.
Así, las disposiciones, propuestas y aprobadas por el Pleno, se orientan a la preservación de los servicios ambientales de los que dependen la salud pública, la seguridad hídrica y la sostenibilidad del territorio veracruzano.
Las adiciones al Artículo 259 del Código Penal, Capítulo I Delitos Ambientales, consisten en la duplicación de las penas privativas de libertad y las multas establecidas en el mismo cuando las conductas se relacionen directamente con el uso, aplicación, almacenamiento, transporte o disposición de agroquímicos, incluidos plaguicidas, fungicidas, herbicidas, nematicidas, fertilizantes de alta toxicidad y cualquier otra sustancia fitosanitaria, que se encuentren expresamente prohibidos o sean de uso restringido conforme a los listados, catálogos, normas oficiales, acuerdos o disposiciones de carácter general publicados por las autoridades federales y estatales competentes.
El Congreso aprobó también la imposición de dos a ocho años de prisión y multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs), a quien, dentro de una zona declarada de preservación ecológica, área natural protegida o ecosistemas cuya conservación o preservación sea competencia de las autoridades estatales o municipales conforme a las leyes de la materia, lleve a cabo cualquiera de las siguientes acciones:
Realizar actividades agrícolas, pecuarias o forestales sin la autorización correspondiente de la autoridad estatal o municipal competente, cuando causen o puedan causar daño grave al ecosistema; aplicar o almacenar agroquímicos prohibidos o de uso restringido por la normativa federal aplicable, dentro del área perimetral de asentamientos humanos, de zonas de amortiguamiento ecológico o de cuerpos de agua destinados al abasto humano, en contravención a la normatividad aplicable; verter o permitir el vertimiento de residuos de agroquímicos en cuerpos de agua de jurisdicción local, suelos o subsuelos de competencia estatal o municipal, cuando dicha conducta altere gravemente las condiciones fisicoquímicas o biológicas del ecosistema.
De acuerdo con el dictamen, las penas privativas de libertad y las multas aumentarían hasta en una mitad cuando la conducta sea cometida por una persona física en nombre, por cuenta, en beneficio o mediante los medios proporcionados por una persona jurídica, y hasta en una mitad más cuando los efectos de la conducta incidan directamente en zonas de recarga hídrica o en cuencas que abastezcan sistemas de agua potable para centros de población.
Posicionamientos
En representación del Grupo Legislativo de Morena, la diputada Imelda Garrido Alvarado anunció su voto a favor del dictamen, toda vez que coadyuvará a frenar el deterioro de los ecosistemas, suelos y mantos acuíferos. Subrayó que esta medida protegerá la salud de las comunidades rurales y pueblos originarios vulnerables, quienes históricamente han sufrido los impactos de la contaminación. Con ello, afirmó, “se consolida la justicia ambiental como política de Estado, garantizando la dignidad humana y el derecho a un entorno seguro”.
El diputado Carlos Marcelo Ruiz Sánchez, coordinador del Grupo Legislativo del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), respaldó la reforma tras señalar la urgencia de sancionar el uso indebido de agroquímicos prohibidos que pongan en riesgo la salud comunitaria y el medio ambiente, especialmente en zonas protegidas. Destacó que la modificación, enriquecida por un diálogo técnico con especialistas, implementará mecanismos para regular la contaminación del suelo y el agua sin criminalizar al productor responsable, a través de un trabajo coordinado con la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema).
Por su parte, el diputado Ramón Díaz Ávila (PT) adelantó su voto a favor del dictamen que sanciona el uso indebido de agroquímicos para frenar el daño ambiental grave, ya que actualiza la Ley Estatal de Protección Ambiental con nuevos tipos penales y sanciones proporcionales al manejo ilícito de químicos. El objetivo final, expresó, es complementar las acciones locales y fincar responsabilidades por la contaminación del subsuelo y del agua de consumo humano.