–      Solicitó modificar la fracción II y derogar la fracción IV, por ir en contra de los derechos humanos

Xalapa, Veracruz, 25 de febrero de 2022.- El diputado Antonio Luna Rosales presentó iniciativa de decreto por el que se reforma la fracción II y se deroga la fracción IV del Artículo 331 del Código Penal del estado, relativo a la tipificación del delito de ultrajes a la autoridad, por ser preceptos ambiguos y que van en contra del principio de taxatividad.

En el documento presentado por el representante del Distrito XIII, ante la Diputación Permanente, se prevé la reforma a la fracción IV ante la necesidad de precisar que el precepto de “cualquier tipo de violencia contra la víctima” se modifique y puntualice por “violencia física”, ya que la redacción actual es de carácter vago o ambiguo, pues ante la falta de precisión de las características de la violencia, es posible interpretar que puede ser únicamente verbal o moral.

Esto, expuso en el texto, haría que las penas imponibles por ese supuesto sean desproporcionadas a la conducta cometida, siendo necesario, en aras de la taxatividad, introducir un elemento en la descripción, específicamente para señalar que la violencia a la que se refiere actualmente la fracción II sea física, en que sí se justificaría que fuera una agravante de la punibilidad.

Respecto a la fracción IV, abundó, cuya letra dice: “se realice a través de cualquier circunstancia que disminuya la posibilidad de defensa o protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o desventaja”, se estima que ante la porción normativa “a través de cualquier circunstancia”, se está ante una regulación ambigua y general, que va en contra del principio de taxatividad, pudiéndose juzgar de manera arbitraria, lo cual puede concluir en violaciones a los derechos humanos.

“En razón de lo anterior, se propone específicamente reformar la fracción II a efecto de incorporar que la violencia con la que se comete la conducta punible sea de naturaleza física y, por otra parte, se plantea derogar la fracción IV del Artículo 331, al ser contraria al principio de taxatividad que reconocen los artículos 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En esta propuesta, Luna Rosales subraya que no representa un desacato a la recomendación emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, puesto que se pretende especificar el delito de ultrajes a la autoridad previsto por el Código Penal para el Estado de Veracruz, a fin de otorgar herramientas a los servidores públicos que en el ámbito de su competencia auxilian en el alcance de un verdadero orden público, sin que ello implique que los particulares se encuentren impedidos de expresar sus inconformidades o disgustos frente a las mismas respecto de su actuación.

“Si bien es fundamental respetar la dignidad y libertades de las personas, se estima importante e ineludible reglamentar las formas mediante las cuales se interactúa con las autoridades cuando éstas ejercen sus funciones de orden público, dado que para garantizar un verdadero orden público es necesario que las personas otorguen respeto a las autoridades, esto se traduce en una garantía para las y los ciudadanos, a efectos que permitan condiciones mínimas para el pleno ejercicio de sus derechos”.

Este decreto fue turnado a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales para su análisis y dictaminación.