El diputado Ramón Díaz Ávila puso a consideración de la LXVII Legislatura una Iniciativa cuyo propósito es armonizar la legislación secundaria respecto de la reforma constitucional, aprobada en junio de 2025, relativa a la libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y su reconocimiento como sujetos de derecho público y el respeto irrestricto de sus derechos.

De acuerdo con su proponente, esta armonización tiene como finalidad establecer un marco legal claro y coherente, para dotar a la norma secundaria de los nuevos atributos constitucionales que amplían los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

Prevé que se reconozca a los pueblos indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio y que esta Ley tenga por objeto reconocer el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación y en consecuencia a la autonomía.

Dicho reconocimiento incluye sus sistemas normativos y sus formas internas de gobierno, convivencia y organización social, económica, política y cultural; su igualdad ante la ley y el respeto a sus sistemas normativos.

Adiciona el derecho de elegir, de acuerdo con sus sistemas normativos, a las propias autoridades o representantes para su gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas ejerzan su derecho a votar y ser votados en condiciones de igualdad, así como acceder y desempeñar los cargos públicos para los que hayan sido electos, en el marco de respeto al pacto federal y la soberanía del estado.

Además, para garantizar el desarrollo integral, intercultural y sostenible, mediante normas y criterios compensatorios, equitativos, justos y proporcionales, la federación, el estado y los municipios determinarían las asignaciones presupuestales para los pueblos y comunidades indígenas que serán directamente administrados por ellos.

En cuanto a las consultas indígenas, el diputado plantea que éstas se realicen de conformidad con los principios y normas que garantizan el respeto y ejercicio efectivo de los derechos sustantivos de los pueblos indígenas reconocidos por la Constitución.

Junto con lo anterior, los pueblos y comunidades indígenas serían los únicos legitimados para impugnar, por las vías jurisdiccionales establecidas, el incumplimiento del derecho reconocido al respecto.

En materia de salud, el Estado reconocería la partería para la atención del embarazo, parto y puerperio y a las personas que ejercen la medicina tradicional y la partería, incluidos sus saberes y prácticas.

Además, los pueblos y comunidades indígenas participarían en la construcción de los modelos educativos para reconocer la composición pluricultural de la nación con base en sus culturas, lenguas y métodos de enseñanza y aprendizaje.

Por último, se reconocería también su derecho de promover el uso, desarrollo, preservación, estudio y difusión de las lenguas indígenas; conservar y mejorar el hábitat y preservar la bioculturalidad y la integridad de sus tierras, incluidos sus lugares declarados sagrados por la autoridad competente.

Con la adhesión del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), de las diputadas Elizabeth Morales García y María Elena Córdova Molina y de los diputados Adrián Sigfrido Ávila Estrada y Héctor Yunes Landa, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Derechos y Culturas Indígenas del estado de Veracruz fue turnada a la Comisión Permanente de Asuntos Indígenas y de las Comunidades Afrodescendientes.