- Pide Perla Eufemia Romero Rodríguez a autoridades municipales acciones que eviten la obstrucción del paso en vialidades y banquetas.
- La diputada Perla Eufemia Romero Rodríguez presentó al Pleno de la LXVI Legislatura un
Anteproyecto de Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los 212 ayuntamientos veracruzanos, para que, mediante las instancias y acciones correspondientes, garanticen a sus habitantes el ejercicio del derecho a la movilidad y seguridad vial, verificando que los establecimientos comerciales no afecten el libre tránsito.
Al presentar su propuesta durante la Tercera Sesión Ordinaria del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, enfatizó que en México, desde 2019, la movilidad es un derecho garantizado constitucionalmente, por el que persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, inclusión e igualdad.
En ese sentido, la legisladora se refirió a quienes, al ejercer su derecho de trabajar (artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos), de manera indirecta, trasgreden el derecho que otras personas tienen de transitar (Artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos), por ejemplo, los comerciantes que desde un local fijo obstruyen la vía pública con maquinaria, herramientas, vehículos o equipos, exhibiendo productos o realizando actividades.
Al recordar las peticiones de quienes le han manifestado su preocupación ante acciones de pequeños comercios que han causado percances y perjuicios a la salud e integridad física de la población, señaló que se trata de un problema añejo que corresponde no sólo a los municipios o al estado, sino al país, lo que implica una violación flagrante a la Ley y al Reglamento de Tránsito.
A este respecto, la Diputada precisó que el Artículo 22 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial del estado determina que en la vía pública se prohíbe “depositar objetos, materiales de construcción o de cualquier otra índole, que dificulten o impidan el tránsito vehicular y peatonal”, así como “invadir la arteria vial o banqueta ubicada afuera de lotes, viviendas, comercios u oficinas”.
Así también, el Artículo 33 del mismo ordenamiento establece que “las aceras o banquetas estarán destinadas únicamente al tránsito de peatones; todo obstáculo en las mismas deberá ser retirado de manera inmediata”.
Ante esto, Perla Eufemia Romero consideró necesario hacer un llamado a las autoridades municipales para que apliquen la Ley y no permitan que propietarios de locales establecidos con el registro del giro autorizado, sin excepción de la actividad económica de cada negocio, bajo ningún concepto, utilicen la vía pública y se apropien de vialidades y banquetas.