· Presenta Secretaría General del Congreso del Estado el informe de las actas de Cabildo recibidas por esta Soberanía.
La Diputación Permanente de la LXVI Legislatura dio a conocer el Informe de la Secretaría General del Congreso del Estado respecto de la votación emitida por los ayuntamientos de la entidad sobre el Decreto por el que se adiciona la fracción III al Artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
En dicho documento, el secretario general del Congreso del Estado, Domingo Bahena Corbalá, informa de la recepción de actas de sesiones de Cabildo de 116 ayuntamientos, en las cuales constan los acuerdos de aprobación del Decreto votado por esta Soberanía el 2 de agosto de este año.
Los ayuntamientos que aprobaron expresamente el proyecto y remitieron a este Congreso sus respectivas actas de Cabildo son: Acajete, Acatlán, Acayucan, Actopan, Acultzingo, Agua Dulce, Álamo Temapache, Alpatláhuac, Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Alvarado, Amatlán de los Reyes, Ángel R. Cabada, Astacinga, Atoyac, Camarón de Tejeda, Camerino Z. Mendoza, Catemaco, Cerro Azul, Chacaltianguis, Chalma, Chiconquiaco, Chicontepec, Chinameca, Chocamán, Chumatlán, Citlaltépetl, Coacoatzintla, Coatepec, Coatzacoalcos, Coatzintla, Colipa, Comapa y Córdoba.
Además, Cosamaloapan, Cosautlán de Carvajal, El Higo, Emiliano Zapata, Espinal, Gutiérrez Zamora, Hidalgotitlán, Huatusco, Hueyapan de Ocampo, Huiloapan de Cuauhtémoc, Ilamatlán, Isla, Ixhuatlán del Café, Ixhuatlán del Sureste, Ixtaczoquitlán, Jalacingo, Jáltipan, Jesús Carranza, Jilotepec, José Azueta, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Las Choapas, Las Minas, Las Vigas de Ramírez, Lerdo de Tejada, Los Reyes, Martínez de la Torre, Miahuatlán, Minatitlán, Misantla, Nanchital de Lázaro Cárdenas, Naolinco, Naranjos Amatlán, Nogales, Oluta, Omealca, Otatitlán, Oteapan y Ozuluama.
Así como Pánuco, Papantla, Paso del Macho, Platón Sánchez, Playa Vicente, Poza Rica de Hidalgo, Pueblo Viejo, Puente Nacional, Rafael Lucio, Río Blanco, Saltabarranca, San Andrés Tenejapan, San Andrés Tuxtla, San Juan Evangelista, San Rafael, Santiago Tuxtla, Soconusco, Soledad de Doblado, Tancoco, Tantima, Tecolutla, Tempoal, Tenochtitlan, Teocelo, Tepatlaxco, Tepetlán, Tequila, Texhuacan, Tezonapa, Tierra Blanca, Tlacotepec de Mejía, Tlalnelhuayocan, Tlapacoyan, Tlilapan, Tomatlán, Totutla, Tuxpan, Tuxtilla, Úrsulo Galván, Uxpanapa, Villa Aldama, Xalapa y Zongolica.
En virtud de lo cual y en uso de la facultad que le confiere el Artículo 84 de la Constitución Política local y con base en lo dispuesto por el Artículo 28 de la Ley Reglamentaria del mismo Artículo 84, la LXVI Legislatura del Congreso del Estado declaró aprobado el decreto mencionado.
La Mesa Directiva de la Diputación Permanente turnó el Decreto al titular del Poder Ejecutivo estatal para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.