En el proyecto de reforma, que ya se discute en el Senado también se contemplan multas de hasta 2.8 mdp para quien cometa este delito, a fin de hacer más efectiva la lucha contra él.

Con el apoyo de magistra­dos que enfrentan día a día los casos de trata de perso­nas, el Senado abrió formal­mente el proceso para hacer más efectiva la lucha en con­tra de este delito, con cam­bios como castigar hasta con 45 años de cárcel y multas de hasta 2.8 millones de pesos a quien enamore a una mu­jer para engancharla en tra­ta de personas y explotación sexual.

Se impondrá pena de 25 a 45 años de prisión y de dos mil 100 a 30 mil días multa a quien, con la finalidad de ex­plotar sexualmente a su pa­reja o descendiente de ésta, establezca alguna relación sentimental análoga bajo el engaño de constituir una fa­milia, independientemente de la edad de la pareja o de su descendencia.

Por relación sentimental análoga ha de entenderse al­guna otra forma de relación sentimental que no llegue a constituirse en matrimonio, concubinato o sociedad de convivencia, por razón de tiempo u otro requisito legal”, establece la propuesta de re­forma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erra­dicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, presentada por la presidenta del Senado, Olga Sánchez Cordero y que ayer comenzó a discutirse por legisladores y expertos, así como responsa­bles de fiscalías estatales.

Durante el foro realizado ayer de manera virtual, Olga Sánchez Cordero explicó por qué se decidió meter esta in­novación en la ley contra la trata de personas.

Compartió “un caso que fue de un dramatismo te­rrible. Un juez de distrito de Chiapas dijo que no se daba el delito de trata, aun cuando la chica estaba sujeta a esta esclavitud y explotación se­xual, porque un hombre que quiere conformar una fa­milia, que embarazó a una persona para tener familia, cómo era posible que des­pués la explotara sexual­mente, que era la madre de sus hijos y que, por conse­cuencia, no se configuraba el delito de trata.

Ésta fue la sentencia, que no se configuraba el delito de trata, aun cuan­do la sujeto pasi­va estaba siendo explotada se­xualmente, porque qué hombre iba a permit ir esta explo­tación sexual si lo que que­ría era una fami­lia, tener hijos con esta joven. Es una sen­tencia sin perspectiva de género, sin conocimiento alguno del tema de trata y para enmarcarla en un cua­dro para hacer exactamente lo contrario de ese juzga­dor”, relató.

Explicó a senadores y fis­cales estatales que “nos en­contramos con la urgencia de actualizar los tipos pena­les a esta nueva realidad, en virtual que actualmente se omite contemplar supues­tos fácticos, de hecho, que se presentan, como lo son los engaños para constituir una familia.

Se engaña a la chica que van a constituir una familia, derivado de una relación sentimental o alguna otra forma de relación que no lle­ga a constituirse como con­cubinato o como sociedad de convivencia por razón del tiempo u otro requisito legal que se requiere; es decir, es­tas relaciones análogas en donde hay este engaño a las jóvenes para constituir una pareja o una familia o tener descendencia o una relación sentimental, que no llega a cons­tituirse como concubinato, ni como ma­trimonio o sociedad de conviven­cia”, precisó.

La senado­ra añadió que “en esta situación hay muchas personas que son sujetos pasivos del delito de trata y están en esta relación sentimental y que finalmente son o resulta que el interés del tratante era el enamoramiento para poste­riormente hacerla una vícti­ma de trata”.

La iniciativa plantea que el ministerio público, así como los cuerpos policia­cos y todas las autoridades responsables de la atención a las víctimas del delito de­berán contar con especiali­zación en el ámbito de trata de personas y perspectiva de género.

Fuente: Excélsior.